1. Compraventas de todo tipo de bienes, ya sean inmuebles (rústicos o urbanos), muebles (embarcaciones, etc.) o derechos (patentes o marcas, etc.), y con todo tipo de pactos, tales como:
- A contado.
- Con precio aplazado, garantizado con hipoteca o condición resolutoria.
- Sujetas a condición suspensiva.
- Con reserva de dominio hasta el total pago del precio.
- Con reserva de usufructo en favor de vendedor.
2. Promesas de venta.
3. Compraventa de Viviendas de Protección Pública.
4. Permutas.
5. Permutas de suelo por obra futura.
6. Daciones en pago de deudas.
7. Extinciones de condominio.
8.- Arrendamientos de bienes inmuebles, rústicos o urbanos.
9. Arrendamientos con opción de compra.
10. Constituciones de usufructos, servidumbres, derechos de uso y habitación.
11. Donaciones de todo tipo de bienes (inmuebles, vehículos, dinero) y con todo tipo de pactos, tales como:
- Con reserva de usufructo.
- Con derecho de reversión a favor del donante o de un tercero.
- Con reserva de la facultad de disponer por parte del donante.
- Con imposición de cargas o condiciones.